Se publicó el decreto 367/2020, mediante la cual se establecen los aspectos más relevantes para la cobertura de la enfermedad COVID 19 por parte de las ASEGURADORAS DE RIESGO DEL TRABAJO.
A partir de dicho decreto, el COVID19 es considerado presuntivamente enfermedad profesional aplicable a los trabajadores excluidos de la disposición de aislamiento obligatorio establecida por el decreto 297/20 y sus eventuales prorrogas.